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Cinco partidos a Horacio Esquivel y veto del Chorotega por dos juegos

Le salió caro el partido del miércoles pasado ante San Carlos. La AD Guanacasteca tendrá que jugar sus próximos dos partidos lejos del Chorotega de Nicoya, comenzando este fin de semana contra el CS Herediano que originalmente estaba programado para jugarse a las 3 pm.

Ahora tendrá que usar cancha alterna, es decir, la del Edgardo Baltodano de Liberia sábado o lunes, ya que Liberia juega de local el domingo a las 6 pm contra Cartaginés.

El Tribunal Disciplinario de la FCRF dio a conocer las sanciones impuestas de acuerdo con el Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, luego de la fecha 18 del Campeonato Nacional Clausura 2024.

Deportivo Saprissa
Sancionar al director técnico Vladimir Quesada Araya con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 por protestar decisiones arbitrales.

AD Guanacasteca
-Sancionar al jugador Jemark Hernández Hall con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34 por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo partido.

-Sancionar al director técnico Horacio Esquivel Rodríguez con dos partidos de suspensión y una multa de 157.500°° colones de conformidad con lo siguiente:
a) un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1 y b) un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 3, por rehusarse a salir del terreno de juego una vez expulsado.

-Sancionar a Horacio Esquivel director técnico de la AD Guanacasteca con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 8 inciso 1, por amenazar a un oficial de partido.
*Total de partidos de suspensión: 5

-Sancionar al club con una multa de 205.000°° colones y el veto de uso del estadio Chorotega de Nicoya para sus próximos dos partidos de local, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 inciso 1 y 3, por la invasión agresiva de una de sus aficionados y la materialización de una agresión a uno de los oficiales de partido.

Santos de Guápiles
Sancionar al preparador de porteros Pablo Camacho Ramirez con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones de conformidad con el artículo 38 inciso 1 por emplear lenguaje ofensivo en contra del cuarteto arbitral.

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